por Sofia Ruiz
La sociedad capitalista clasista, jerárquica, autoritaria, sexista, racista, es injusta. En ella se reparten de modo desigual el poder y los recursos, lo que genera conflictos y violencia.
La violencia es imprescindible para mantener un sistema social injusto, pero debe complementarse con un grado importante de aceptación de todos sus integrantes.
La familia capitalista y otras instituciones, como la Iglesia, la escuela, los medios de comunicación, modelan las formas organizativas de la vida económica y social y enseñan lo que el adulto deberá reproducir en sus relaciones sociales a lo largo de su vida: la obediencia, el conformismo y la falta de cuestionamiento a las diversas manifestaciones de la dominación capitalista
A través de estas instituciones la violencia, moral o psicológica, actúa como un eficiente mecanismo de control social y de reproducción de las desigualdades.
Los mitos y prejuicios en torno a la violencia sexual no son baladíes. Se amparan y sostienen gracias a toda una estructura que, de forma reiterada, permite que el sistema justifique y ejerza la discriminación y violencia hacia las mujeres en sus múltiples manifestaciones.
El ejercicio de la “violencia directa” (violaciones, agresiones sexuales, acosos sexuales, abusos sexuales, feminicidios) sólo es posible si existe toda una base que alimenta esa violencia. La base del triángulo la conforma lo que Galtung nombra como “violencia cultural” y/o “violencia simbólica” , mientras que la punta del iceberg se haya configurada por la “violencia directa”. La violencia cultural y la estructural son la causa de la violencia directa que da lugar a que se viole, agreda, acose o asesine a las mujeres. Es precisamente en esa base en la que los mitos se hacen poderosos, consolidando toda una “cultura de la violación” asentada por la ideología dominante del sistema que se encarga de justificar, alimentar y aceptar, de forma normalizada, la violencia sexual a nivel planetario
Haciendo un poco de memoria colectiva nos encontramos que en materia de violencia sexual, en el código penal de 1944se tipifican los delitos contra la honestidad, en los que quedan incluidos los delitos de violación, abusos deshonestos, escándalo público, estupro, corrupción de menores, rapto y delitos relativos a la prostitución. En ningún caso, lo que se protege es la libertad sexual de las mujeres. El bien jurídico protegido es el honor, personal y familiar.
Este código penal traslada perfectamente la conceptualización que la dictadura, en connivencia con la Iglesia católica, impuso en relación a las múltiples manifestaciones de violencia sexual que sufría las mujeres, en lo que se puede considerar como una forma de control, no sólo de sus cuerpos, sino también de su comportamiento sexual. Sólo las mujeres consideras “honestas” merecieron protección.
La resistencia ideológica franquista no establecerá hasta 1989 la sustitución del término “honestidad” por “libertad sexual”: para dejar claro, solo a nivel semántico, como vemos a día de hoy, en las sentencias que atañen a violencia sexual, que el bien jurídico que se protege es la libertad sexual.
A pesar del cambio de palabras, la justicia a la hora de tipificar un delito de violencia sexual no se centra en quien lo comente, es decir, en el agresor, sino en la actitud de la victima. La conducta de la victima es clave, la conducta del agresor carece de importancia. Se sigue protegiendo la honestidad, una mujer borracha, drogada e inconsciente, no es honesta y por tanto se le niega la protección jurídica.
La indignación ante la actuación de esta justicia es obligada, pero la violencia contra las mujeres no la resuelve la justicia, por muy imparcial que sea.
En el Estado español, las batallas políticas en torno a la violencia que culminaron en 1989 con la reforma del Código Penal franquista, se saldaron con un repliegue del movimiento feminista, que asumió la ley como horizonte último de la política.
El giro penal en las cuestiones relativas a la violencia, con su apoyo en el sistema de sanciones y en la mediación obligatoria de los agentes judiciales, se convierte en un elemento fundamental. Los discursos de tolerancia cero, tan evocados por algunas corrientes del feminismo, constituyen, en este sentido, la expresión popularizada de una orientación represiva de inspiración estadounidense que aspira a traducir los problemas sociales y políticos a cuestiones de defensa, seguridad, reclusión/expulsión y castigo”. Cristina Vega “Interrogar al feminismo”
El Estado no es neutro, sirve al Sistema, un ejemplo es su “Modelo de seguridad”, que es un instrumento claro para generar miedo, y dirigido a controlar el cuerpo y la libertad de las mujeres
.El enfoque reduccionista, que apela a la seguridad únicamente como sinónimo de ausencia de criminalidad ignora con alevosía los múltiples factores estructurales sobre los que se afianza la discriminación y violencia hacia las mujeres en todas sus formas, mientras disfraza, de manera justificada, las dificultades que entraña ejercer la libertad.
No podemos confiar en el Estado ni en sus instituciones, no podemos judicializar los conflictos sociales, políticos, económicos , sabemos por la experiencia del Movimiento feminista de los últimos años que con castigos individuales no se puede terminar con la violencia contra las mujeres, por eso es necesario entender las causas de la violencia y quien las genera y luchar contra nuestro enemigo principal para acabar con la injusticia y la desigualdad que generan violencia